Derechos Humanos y su importancia

Al hablar de los Derechos Humanos como algo ya institucionalizado, se debe remontar al término de la segunda Guerra Mundial. Debido a los acontecimientos ocurridos en la misma, el 10 de diciembre de 1948, en la Organización de Naciones Unidas se recogieron por medio de 30 artículos, los derechos y libertades básicos de todos los seres humanos con el propósito de que estos derechos fueran respetados en todo el planeta por igual. ​

De igual modo, estos derechos fueron integrados en la Política de Tratados Internacionales mediante la Carta Internacional de Derechos Humanos, por la que 47 Estados firmantes se comprometieron a cumplirlos.

Los Derechos Humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

En total son 30 los derechos contemplados bajo esta serie de instrumentos legales, entre ellos se incluyen el derecho a la libertad de reunión, el derecho a la propiedad, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a una alimentación adecuada, vivienda, agua y saneamiento, el derecho a la privacidad, el derecho de voto, el derecho a la libertad de religión, el derecho a un nivel de vida adecuado, el derecho a la educación y los derechos en el trabajo.

Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los Derechos Humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos.

La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan las arbitrariedades contra los Derechos Humanos de individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los Derechos Humanos básicos.

Finalmente y ya en un plano más individual, además de hacer respetar los derechos propios, también se deben respetar los de los demás, en especial el tipo de derechos de los que se ha estado hablando.

Por: Sandra Ramírez Párima

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